viernes, 30 de septiembre de 2011

Requisitos 2 mamás

A continuación enumeramos los requisitos a cumplir a la hora de inscribir al bebé cuando, como es nuestro caso, se trata de dos mamás. Ya de por sí es un jaleo, no digo que sea innecesario, pero telita con los trámites. 


Requisitos básicos de inscripción de nacimiento en el registro civil (Madrid) 

Hijos matrimoniales:

En este caso se precisa la declaración de quien tuviera conocimiento cierto del nacimiento, estando obligados a emitir tal declaración el padre, la madre, los abuelos, los tíos, primos, o cuñados del nacido, y aportar la siguiente documentación:

· Cuestionario para la declaración del nacimiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar).

· D.N.I. de los padres y Libro de Familia (o documento que acredite el matrimonio debidamente legalizado y traducido en su caso).

Hijos no matrimoniales:

Debe acudir siempre personalmente al registro el padre que pretenda reconocer a un hijo, con independencia de que posteriormente acuda la madre para ser notificada de los términos de la inscripción. Debe aportarse:

· Cuestionario para la declaración del nacimiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar).

Inscripción de nacidos en Madrid y de nacidos en otro lugar cuyos padres estén empadronados en Madrid. En este último caso, ambos padres deben acudir a realizar la inscripción obligatoriamente.

Inscripción de nacidos en Madrid y de nacidos en otro lugar cuyos padres estén empadronados en Madrid. En este último caso, ambos padres deben acudir a realizar la inscripción obligatoriamente.

· D.N.I. de quién promueva la inscripción
· Se hará constar el estado civil de la madre.


Si existe matrimonio anterior, se deberá romper la presunción legal de paternidad aportando: Certificado de matrimonio (con la nota correspondiente), y sentencia firme de separación o divorcio (testimoniada).
Si se trata de separación de hecho, tendría que acudir al Registro con dos testigos.

Nosotras como buenas previsoras que somos (y gracias también a los amigos que recientemente han sido papás y tienen fresco el tema en la cabeza) ya hemos ido recopilando información e incluso impresos a rellenar.

Cuando el bebé es hijo de dos mamás hay que tener en cuenta algunas particularidades. Esto dará respuesta a las comunes inquietudes que nos plantean muchos conocidos y algunos (aunque menos) amigos, cuando nos sugieren elegir a un amigo como donante (fuera aparte planteamientos prácticos y morales) o el hecho de que el matrimonio no tiene tanta importancia (como veréis a nosotras, con lo que nos ocupa, nos resulta de gran ayuda..).

 Requisitos complementarios 2 mamás:


- Tienen que estar casadas antes del nacimiento del bebé, y acreditarlo, con libro de familia. No debe existir separación legal, ni de hecho, y a tal fin debe comparecer la madre biológica para confirmar este extremo.
 

- Tienen que traer un certificado de la clínica, que se une original al expediente, que especifique que:

* La madre biológica se somietió a un tratamiento de técnicas de reproducción asistida.
* La madre no biológica prestó su conformidad con la aplicación  de dichas técnicas a su esposa

* La clínica debe ser un centro autorizado, legalmente registrado.
 

- Deben tener su domicilio conyugal en Madrid capital, acreditado mediante DNI. Si constan domicilios diferentes, deben aportar un certificado de empadronamiento.
 

- La madre no biológica efectúa una manifestación, consintiendo que se determine a su favor la filiación respecto del nacido, es decir, que se proceda a inscribir al bebé con la filiación materna biológica, determinada por el cuestionario, y la filación materna matrimonial de la compareciente (Deben ir las dos).
 

En la inscripción se pone como madre "A", a la madre biólógica, y como madre "B", a su cónyuge. El orden de los apellidos del inscrito se puede determinar de común acuerdo por los progenitores, conforma a la ley 40/99 de 5 de noviembre.
 

La inscripción la firman juez y secretario.


Además de esta gestión en el Registro Civil, habrá que dirigirse a Oficina de Seguridad Social, y al Centro de Salud.

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